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Ni los grandes titulares de derechos como la MPA o LaLiga quieren el artículo 13 de la nueva Ley de Copyright europea

Cuando incluso aquellos que supuestamente se iban a beneficiar de la nueva directiva sobre derechos de autor que aprobó la Comisión Europea el pasado mes de septiembre, ahora la rechazan, es quizás el momento de aceptar definitivamente que algo tiene que cambiar.

Una coalición de representantes del sector deportivo y audiovisual de los mercados europeos han enviado una carta a los miembros del Parlamento expresando su gran preocupación por la dirección que están tomando las discusiones sobre artículo 13 de la nueva Directiva sobre Derechos de Autor en el Mercado Único Digital, el mismo que ya hemos explicado antes, podría modificar la esencia del funcionamiento de Internet y con el que nos jugamos su futuro.

Grandes titulares de derechos como la Motion Pictures Association (MPA), The International Union of Cinemas (UNIC), la Premier League, LaLiga, y más, han firmado la carta exponiendo que las propuestas recientes lo que hacen es reforzar más el rol de los proveedores de servicios online en perjuicio directo de los mismos titulares de derecho:

Algunas de las opciones propuestas para el debate socavan indebidamente la legislación actual y debilitan los derechos exclusivos de los titulares de los derechos, entre otras cosas, al crear un nuevo privilegio de responsabilidad para determinadas plataformas que han tomado medidas específicas para evitar la disponibilidad de contenidos que infrinjan los derechos de autor en sus servicios (pero que no lo han hecho), y condicionando la protección de los derechos de autor en línea a los titulares de derechos que soportan toda la carga de identificar y notificar a las plataformas los contenidos que infringen los derechos de autor. Esto constituiría un regalo a plataformas ya de por sí poderosas y, de hecho, constituiría el único cambio real al status quo actual en términos legales, lo que mejoraría la posición de las plataformas, pero no la de los titulares de los derechos.

El artículo 13 hará más mal que bien

Youtube

Los titulares de derecho advierten que con el artículo 13 los servicios de Internet ganarán más poder. Apuntan que la legislación actual europea ya hace claro que los servicios en linea pueden comunicarse con el público y ser responsables por la actividad infractora, sienten que la nueva propuesta socavaría esto.

Su solución es redactar un artículo 13 que no ponga en riesgo la actual jurisprudencia. O, en todo caso prefieren un artículo 13 en el que no se incluya ni a la industria del cine o a las ligas deportivas, limitándolo solo al sector de la música que supuestamente se beneficiaría más.

Plataformas como YouTube están en guerra para intentar frenar el artículo 13, puesto que los obligaría a monitorizar todo el contenido que suben los usuarios, y están intentando convencer al público de que corren el riesgo de quedar aislados de los vídeos. El artículo 13 los obligaría a eliminar contenido para evitar el riesgo de violar copyright de un vídeo incluso sin saberlo.

YouTube dice que están a favor de los objetivos de la nueva directiva, pero no de las forma en la que se quiere adoptar. Ellos defienden su ContentID y el derecho de los titulares a usar la herramienta para reclamar infracciones.

Julia Red, representante del Partido Pirata y quien compartió la carta en público, cree que el artículo 13 es simplemente un desastre y que debería eliminarse por completo, y que el hecho de que incluso los titulares de derecho lo rechacen ahora, es otra prueba de ello.

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Gabriela González

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Qué información ideológica pueden obtener de ti los partidos políticos gracias a la LOPD y para qué pueden usarla

Tras ser aprobada por el Congreso de los Diputados, el pasado 21 de noviembre fue en el Senado donde se superó el trámite para que la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) pudiera ser plasmada en el Boletín Oficial del Estado, algo que ocurrió en el día de ayer. La votación en la cámara alta se saldó con 220 votos a favor y 21 en contra, e hizo saltar todas las alarmas de los expertos en Derecho Digital.

Con esta nueva actualización de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) se inicia uno de los momentos más oscuros en lo que respecta a privacidad de los usuarios de Internet y redes sociales, ya que en su artículo 58 bis se recoge la posibilidad de que los partidos envíen SPAM electoral. Para ello, se autoriza a los partidos a crear bases de datos ideológicas en función de las opiniones vertidas por los usuarios en las distintas plataformas.

Pero, ¿de qué información hablamos y qué pueden hacer exactamente con ella los partidos?

Del buzoneo masivo al SPAM por perfiles

Buzoneo

Desde hace muchos años se viene criticando que pese a los nuevos tiempos que corren, los partidos políticos no hayan cesado en su vieja actividad del envío por correo ordinario de cartas que contienen información electoral de cada formación. Aunque se ha llegado a acuerdos para reducir la práctica, la realidad final en el último ciclo electoral ha sido la de muchos años atrás, costando 46 millones de euros.

Cuando parecía que podíamos estar cerca de esa práctica tan antigua, ineficiente y molesta, los partidos se han puesto manos a la obra para actualizarla de forma incluso más negativa, por segmentación y mediante el control de la información de los usuarios. Veamos qué datos se obtienen para este «Cambridge Analytica español«, como apodó la medida Borja Adsuara Varela, abogado especializado.

La disposición final tercera de la LOPDGDD incluye un artículo que no se encontraba en el texto original, el 58 bis, que es uno de los que ha iniciado la polémica, y que recoge lo siguiente:

Utilización de medios tecnológicos y datos personales en las actividades electorales.

  1. La recopilación de datos personales relativos a las opiniones políticas de las personas que lleven a cabo los partidos políticos en el marco de sus actividades electorales se encontrará amparada en el interés público únicamente cuando se ofrezcan garantías adecuadas.

  2. Los partidos políticos, coaliciones y agrupaciones electorales podrán utilizar datos personales obtenidos en páginas web y otras fuentes de acceso público para la realización de actividades políticas durante el periodo electoral.

  3. El envío de propaganda electoral por medios electrónicos o sistemas de mensajería y la contratación de propaganda electoral en redes sociales o medios equivalentes no tendrán la consideración de actividad o comunicación comercial.

  4. Las actividades divulgativas anteriormente referidas identificarán de modo destacado su naturaleza electoral.

  5. Se facilitará al destinatario un modo sencillo y gratuito
    de ejercicio del derecho de oposición.

El artículo 58 bis de la LOPDGDD contradice al Artículo 9 del RGDP, que en su artículo 9 recoge lo siguiente:

  1. Quedan prohibidos el tratamiento de datos personales que revelen el origen étnico o racial, las opiniones políticas, las convicciones religiosas o filosóficas, o la afiliación sindical, y el tratamiento de datos genéticos, datos biométricos dirigidos a identificar de manera unívoca a una persona física, datos relativos a la salud o datos relativos a la vida sexual o las orientación sexuales de una persona física.

Como vemos, el nuevo reglamento prohíbe el tratamiento de opiniones políticas, pero el primer y el segundo punto del artículo 58 bis autoriza a su recopilación en páginas web y en otras fuentes de acceso público. Ahí nace uno de los primeros problemas: Jorge Garcia Herrero, abogado especializado en protección de datos, afirma que bajo el RGPD ya no existen las fuentes de acceso público, por lo que la ley española estaría aplicándose en contra de lo marcado por la Unión Europea. Aunque en principio se habla de que se podrá hacer «cuando se ofrezcan garantías adecuadas», la realidad es que esas garantías no están establecidas en el texto, algo que no ofrece ninguna garantía (ni siquiera el interés público), frente a lo que sí ocurría en el RGPD, según recalca Adsuara.

La LOPDGDD abre la puerta a que los partidos políticos puedan monitorizar nuestras opiniones y envíen SPAM en función de ellas.

Por tanto toda opinión política vertida en redes y en otros medios, como por ejemplo blogs, puede ser usada «en contra» del electorado sin su consentimiento expreso. Una medida que en principio pudo haberse añadido para frenar la injerencia electoral mediante noticias falsas se podrá usar finalmente con fines partidistas, y de forma totalmente legal. Fines que, preocupan más, si cabe, ante el actual escenario de polarización y conflictividad política.

Mientras que como sostenía Jorge García Herrero, «por hacer esto, por ejemplo, a una empresa como Media Market le puede caer una sanción», para los partidos políticos es legal obtener nuestros datos haciendo barridos en páginas web. En ese sentido, existen muchos documentos PDF que aparecen en búsquedas de Google que contienen nombres e incluso información sensible como DNI y direcciones de correo que podría asociarse a esos datos recogidos en redes sociales. Todo procedería del mismo origen: Internet.

2019 en el punto de mira

Con la LOPDGDD aprobada, cabe esperar que los primeros efectos del artículo 58 bis comiencen a experimentarse a partir del próximo año, que va a iniciar un nuevo curso electoral.

En 2019 podrían llegar a celebrarse comicios municipales, autonómicas, europeos y generales. De momento sólo están confirmados los tres primeros, pero la débil situación parlamentaria del Gobierno de Pedro Sánchez hace que el adelanto electoral sea más que probable. En ese caso, las agencias encargadas de hacer los barridos de información política e ideológica habrán tenido tiempo de sobra de preparar la maquinaria para comenzar con el SPAM masivo. El buzoneo poco intrusivo llegará a parecer, cualitativamente, del siglo pasado comparado con lo que puede venir.

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Antonio Sabán

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Google está intentando arreglar los sesgos de géneros que tiene su traductor

El traductor de Google es un poquitín sexista, la empresa lo sabe y está haciendo un esfuerzo por ofrecer traducciones sin sesgos de género. Cosas como la asignación de un género específico en la traducción de palabras que son de género neutro en un idioma y no en otro, eran la norma.

Por ejemplo, y como muestra la imagen, en inglés la traducción de «a doctor» o «a nurse», que en ese idioma tienen género neutro, terminan asignando dos géneros diferentes precisamente por los sesgos de los que aprende el traductor. Automáticamente los médicos son masculinos y los enfermeros no existen.

A partir de ahora Google Translate ofrecerá traducciones que distinguen por género, ahora cuando se traduzca del inglés a idiomas como francés, italiano, portugués o español se ofrecerán traducciones tanto para el género femenino como el masculino, y en esos casos aparecerá sobre la traducción el mensaje «Las traducciones distinguen por género».

Traducciones Que Distinguen Por Genero Ejemplo de traducciones que distinguen por género en Google Translate

Google Translate aprende de cientos de millones de ejemplos ya traducidos de la web. Históricamente, ha proporcionado solo una traducción para cada consulta, incluso si la traducción podría tener una forma femenina o masculina. Esto hizo que cuando el modelo ofrecía una traducción, replicara inadvertidamente sesgos de género que ya existían. Por ejemplo: asignaría masculino para palabras como «fuerte» o «médico», y femenino para otras palabras, como «enfermera» o «hermoso» de forma sesgada.

Google está intentando reducir los prejuicios en el aprendizaje automático, y lo que están haciendo con su traductor parece ser el paso en una mejor dirección que otras «soluciones» del pasado.

Recientemente la empresa eliminó los pronombres personales de la función de Gmail que nos asiste a la hora de escribir correos, optaron por eso en lugar de arriesgarse a que la IA complete el pronombre incorrecto y los usuarios terminen ofendiendo a otros sin querer. Al mismo estilo, también «eliminaron a los Gorilas» de Google Fotos como «remedio» al incidente en el que el algoritmo identificara a dos personas negras como gorilas.

Google te invita a probar los cambios en el traductor desde la web, y planean expandir las traducciones que distinguen por género a más idiomas, además de traer la novedad a sus aplicaciones para iOS y Android. También tienen planes de encargarse de los sesgos a la hora de autocompletar búsquedas, y están intentando encontrar una solución a la hora de traducir géneros no binarios.

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